Nuevas medias del Gobierno, publicadas 22 Abril 2020

¿Cuáles son y en qué consisten las nuevas medidas anunciadas por el Gobierno mediante el Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo?

En el ámbito laboral:

  1. Se amplía la cobertura de la prestación por desempleo a más trabajadores. ahora podrán beneficiarse también aquellos que hayan sido despedidos durante el periodo de prueba o aquellos que no han podido incorporarse a su nuevo cargo por motivo de la crisis del Covid-19.
  2. Se amplía asimismo el ámbito de aplicación de los ERTE justificados por causa de fuerza mayor en sectores esenciales. Ahora podrán tener acceso a las prestaciones de los ERTE los contratos fijos discontinuos y los trabajadores de temporada.
  3. En relación con los ERTE, también se han previsto una serie de sanciones para aquellos que sean considerados de carácter fraudulento.
  4. Se amplía el plazo dos meses más, por el que se sigue considerando de carácter preferente el conocido como teletrabajo, la reducción de jornada y el derecho de adaptación del horario.

En el ámbito fiscal:

  1. Se reduce el IVA relativo a:
    1. Material sanitario, queda reducido al 0% hasta el 31 de julio.
    2. Prensa en formato electrónico y libros, quedan reducidos al 4%.
  2. Se permite a las empresas condicionar el pago de las deudas tributarias a la obtención de financiación de créditos avalados por el Estado, es decir, se les ampliará el plazo si han pedido una línea ICO para poder afrontar estos importes pendientes, siendo la cuantía solicitada a crédito igual o superior a estas
  3. Se permitirá a las empresas ajustar los pagos fraccionados a la situación de cierre. De manera que podrán calcular tanto los pagos fraccionados de IRPF como los ingresos a cuenta I.V.A en consonancia con sus ingresos reales, en lugar de en función de la estimación real, como se venía haciendo, sin implicar una renuncia de este régimen. Esta medida va a permitir que las empresas puedan afrontar sus pagos fraccionados en base a los resultados del primer trimestre de este año y no los del año pasado
  4. Asimismo, se establece una reducción en los pagos fraccionados de IRPF e IVA, que consistirá en un descuento en cada trimestre de aquellos días en los que ha estado vigente el estado de alarma.
  5. Los autónomos tendrán la posibilidad de renunciar de manera temporal, es decir, solamente durante el 2020, al sistema de tributación por módulos y declarar sus ingresos a través del método de estimación directa.

En el ámbito de la financiación:

  1. Se amplía la cobertura de la línea de avales del Instituto de Crédito Oficial (ICO) para cubrir pagarés y se refuerzan los reavales concedidos por la Compañía Española de Reafianzamiento (CERSA).
  2. Se habilita al Consorcio de Compensación de Seguros para que actúe como reasegurador de los riesgos del seguro de crédito.

En el ámbito de los alquileres:

  1. Se prevé un mecanismo que permite renegociar y aplazar el pago de los alquileres de locales cuando los propietarios son grandes tenedores o empresas públicas.
  2. También se prevé la utilización de la fianza como pago cuando los propietarios sean particulares.