Denegada la incapacidad permanente: ¿qué puedo hacer?

incapacidad permanente

Muchos trabajadores como consecuencia de sus patologías, algunas producidas por un accidente de trabajo o una enfermedad que no tiene que ver con el ámbito laboral, se encuentran impedidos para el desempeño de su profesión.

En estos casos es necesario que la Seguridad Social les reconozca el derecho a percibir una pensión de incapacidad permanente por el trabajador o trabajadora.

Sin embargo, hay ocasiones que se ha denegado la incapacidad permanente, así que es importante conocer la forma de actuar en estos casos, por ello hay ocasiones que debemos de recurrir a consultorías legales especializadas en el ámbito laboral.

Qué es la incapacidad permanente

Es una prestación que reconoce que el trabajador después de haber realizado un tratamiento médico, presenta reducciones anatómicas o funcionales graves, que disminuyen o anulan su capacidad laboral.

Existen varios grados de incapacidad permanente y que a continuación se explican:

Incapacidad permanente parcial

Es aquella que provoca al trabajador una disminución no menor al 33% en el rendimiento normal para el trabajo, pero no impide hacer las funciones principales del mismo.

La prestación por incapacidad permanente consiste en una indemnización a tanto alzado.

Incapacidad permanente total

Inhabilita a los trabajadores para su profesión usual, aunque nada impide que efectúe otro diferente. La prestación supone una pensión vitalicia.

Para eso, resulta preciso solicitar una autorización al Instituto Nacional de la Seguridad Social, que se relaciona con la compatibilidad entre las patologías que cursa y las funciones del empleo nuevo.

Incapacidad absoluta

Incapacita para el desempeño de toda profesión, y prestación por inhabilidad que supone la percepción de una renta vitalicia.

Gran invalidez

Aparte de suponer una imposibilidad de efectuar cualquier oficio, implica que los trabajadores necesitan el apoyo de otra persona para los actos más básicos de la vida. La prestación consiste en una paga vitalicia.

Qué pasa cuando es negada la incapacidad permanente

Cuando se niega la incapacidad permanente esta se refiere a que la Seguridad Social emite la denegación de la incapacidad y se da el alta, el trabajador debe reincorporarse a su puesto de trabajo.

Existen varios procesos para reclamar, el primer paso sería presentar una Reclamación Previa vía administrativa.

En el caso que la respuesta siga siendo negativa, se interpone una demanda judicial, incluso, si no se gana, se inicia un recurso.

El alta médica se obtiene si la denegación de la incapacidad tiene lugar a los 18 meses, después de la apertura de un expediente de incapacidad de oficio por parte del INSS.

No obstante, si antes de los 18 meses has sido tú quien solicitó a la Seguridad Social la incapacidad permanente, no te darían el alta por negar la pensión, así que debes seguir de baja.

Tras la resolución de incapacidad permanente denegada, cuando el solicitante está trabajando debe reincorporarse a la empresa.

Qué debes hacer si te es negada la incapacidad permanente

Hay una serie de acciones de tipo legal que se pueden llevar a cabo para interpelar la decisión de incapacidad permanente negada. Las cuales son:

Reclamación previa

Tanto si se está de acuerdo con el grado reconocido, como si no se aprueba la incapacidad permanente, lo primero que se realiza es presentar una Reclamación Previa.

Se trata de un trámite administrativo para solicitar al INSS que evalúe de nuevo la solicitud inicial.

Cabe la probabilidad de que el problema no fuera la situación del interesado lo que provocará la resolución negativa, sino que la valoración del Tribunal Médico no haya sido correcta.

Si el nuevo dictamen es positivo, se reconocerá la incapacidad solicitada. De lo contrario, de haber otra vez una denegación, los efectos de esa decisión impiden por el momento tomar otro camino que no sea la vía judicial.

Demanda de incapacidad

Cuando en la Reclamación Previa no se tiene éxito, lo siguiente será acudir a un abogado especializado en incapacidad permanente.

Este estudiará si es viable presentar una demanda de incapacidad ante el Juzgado de lo Social, considerando los aspectos jurídicos como los médico-periciales.

Si se opta por llevarlo adelante, se dispone de nuevo de 30 días hábiles del plazo para presentar la demanda ante los juzgados, a contar desde la notificación de la resolución de la Reclamación Previa.

En el juicio, deben presentarse pruebas que demuestren que el grado de incapacidad permanente que se alega debe ser permitido.

Con todas las pruebas médicas posibles: resonancias, documentación médica, radiografías, informes médicos, entre otros.

Una vez se dicte sentencia, y es favorable al trabajador, se determinará el grado de incapacidad y la fecha de efectos.

En el caso que se pierda el juicio, o se logre el tipo de incapacidad que se necesita, se empieza un recurso.

Recurso a la sentencia judicial

Si la demanda es desestimada por un magistrado, o se declara un grado de incapacidad que no se deseaba, se consigue recurrir la sentencia ante una instancia superior: el Tribunal Superior de Justicia correspondiente.

Sin embargo, este tipo de acciones deben efectuarse siempre bajo criterio y valoración de un abogado experto.

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