NOVEDADES SOBRE AYUDAS Y MEDIDAS POR COVID

NOVEDADES AYUDAS Y MEDIDAS COVID

Más allá del impacto sanitario derivado de la pandemia del COVID-19 también destacamos el de recibido por la economía a nivel global. Se han establecido nuevas medidas para respaldar la economía, así como ayudas de carácter económico para los colectivos y los sectores económicos más afectados por las medidas de contención.

Estas nuevas ayudas cubren diversos frentes los cuales detallamos a continuación, por un lado, las ayudas que atañen únicamente a la comunidad de Cataluña y por otro las medidas aprobadas para todo el país.

AYUDAS CATALUÑA
El gobierno de la Generalitat ha puesto en marcha el nuevo plan para respaldar a los sectores que más repercusiones han sufrido tras las restricciones. Se trata de un plan que distingue tres escenarios distintos:

I) Autónomos (plazo de presentación del 19 de febrero a las 9h hasta el 26 de febrero a las 15h): se trata de una ayuda de 2.000€, han estimado un presupuesto de 280 millones con lo que podrán recibir esta ayuda 140.000 trabajadores. Los requisitos son:

a. Base imponible del IRPF en 2019 igual o inferior a 35.000€ con un rendimiento neto igual o inferior a 17.500€.
b. Podrán acceder a estas ayudas los autónomos que ya recibieron las anteriores o aquellos que ahora si cumplen con los requisitos.

II) Personas trabajadoras en ERTE (plazo de presentación del 15 de febrero a las 9h hasta el 25 de febrero a las 15h): existen dos ayudas para las personas que se encuentran en esta situación:

a. Ayuda directa: se trata de una ayuda económica cuyo presupuesto es de 105 millones y con la que se espera llegar a 175.000 personas. La ayuda según los datos anteriores que publica la Generalitat supone unos 600€ de ayuda por trabajador.

b. Ayuda en formación: se ofrecerá formación a aquellas personas que se encuentren en ERTE, de manera que se han presupuestado 25 millones con los que formar a 10.000 personas.

III) Pequeñas y Micro Empresas (plazo de presentación del 15 de febrero a las 12h hasta el 22 de febrero a las 12h): consiste en una ayuda de 2.000€ por trabajador en ERTE con un máximo de 30.000€ por empresa.
Para poder solicitar la ayuda deberá ser una empresa con menos de 50 trabajadores con facturación inferior a 10 millones y cuyos trabajadores se encontraran en ERTE a 31 de diciembre de 2020. Para poder acogerse a esta ayuda la entidad debe comprometerse al mantenimiento de los trabajadores hasta el 31 de diciembre del 2021, de lo contrario se perdería dicha subvención.

MEDIDAS ESTATALES
Se han aprobado medidas para hacer frente a la pandemia que responden a preocupaciones diversas tanto de empresarios como de particulares.

– BANCA:

a) Hipotecas: nueva moratoria para las hipotecas durante nueve meses que se podrá solicitar hasta el 30 de marzo.

b) Dividendos en la banca: para las entidades financieras el Banco Central Europeo ha levantado la prohibición del reparto de dividendos, aunque mantiene su recomendación en no llevar a cabo dicho reparto.

c) Avales: en cuanto a los créditos avalados por el estado a través del ICO se ha aplazado el plazo hasta el 31 de junio de 2021, mejorando sus condiciones con un periodo de carencia de dos años y un vencimiento de ocho años-

– LEGAL:

a) Concurso de acreedores: la moratoria concursal se amplia hasta el 14 de marzo de 2021, con la finalidad de mantener a aquellas empresas que resultaban viables y tras la pandemia se verían abocadas a la liquidación.

b) Alquileres: los contratos se renuevan automáticamente hasta el 9 de mayo. A su vez, se prorrogan hasta mayo los microcréditos sin intereses para el pago de la vivienda. Estos préstamos cubren mensualidades hasta 900 euros. En el caso de los empresarios se abre la posibilidad de renegociar el pago de los alquileres de los locales y a su vez la fianza servirá para pagar y su reposición se hará con un plazo máximo de un año.

– FISCAL:

a) Problemas de liquidez: las empresas que se acojan al mecanismo de liquidez no recibirán apremios por impago de impuestos mientras no les llegue la línea de financiación

– LABORAL:

a) ERTE: las empresas se ven obligadas al mantenimiento de los trabajadores durante seis meses más hasta el 31 de mayo. También se ha prorrogado el hecho de que no se consuma el paro mientras se esté cobrando el ERTE. Cabe destacar que se mantendrán las prestaciones a los trabajadores en ERTE para aquellos que arrastren más de seis meses de esta circunstancia.

b) Parados: se ha aprobado el subsidio extraordinario para parados los cuales dejaron de percibir el subsidio en el pasado estado de alarma. La cuantía será del 80% del IPREM con una duración de tres meses.

c) Ingreso Mínimo Vital: la renta mínima ya se puede pedir para aquellos hogares cuyos ingresos se han visto drásticamente reducidos y se sitúen por debajo de los umbrales previstos por la Seguridad Social.

d) Reducción de Jornada: la seguridad social permite la adaptación de la jornada para la atención a personas por razones de edad, enfermedad o discapacidad.

e) Permiso recuperable: durante la paralización de los sectores no esenciales existió el permiso recuperable que implica que estos trabajadores deberán recuperar esas horas antes de final de año.

f) Cuotas Seguridad Social: autónomos y empresas podrán aplazar sus cuotas de seguridad social durante seis meses. La prestación extraordinaria por cese de actividad se flexibiliza, de manera que el requisito de ingresos se encontrará con la limitación de que la facturación se haya visto reducida en un 50% del primer semestre frente al segundo de 2019.