Obligaciones inversiones y bienes en el exterior

La declaración de Transacciones con el Exterior (ETE) del Banco de España.

¿Qué es el formulario ETE?

El formulario ETE se utiliza para declarar aquellas transacciones económicas y los saldos de activos y pasivos financieros en el exterior.

La fecha máxima para realizar este trámite es como máximo hasta el 20 de enero del siguiente ejercicio. No obstante, si el volumen de operaciones es elevado, las declaraciones deben presentarse trimestralmente o mensualmente.

¿A quién afecta la declaración ETE?

La obligación que afecta a residentes españoles, tanto personas físicas cómo Sociedades, que sean distintos de los proveedores de servicios de pago inscritos en los registros oficiales del Banco de España (básicamente, entidades de crédito y entidades de pago).

¿Con qué frecuencia debo declarar el ETE?

La periodicidad en la que se presenta la Declaración ETE puede ser mensual, trimestral o anual. Para saber la frecuencia de presentación, cada año se deben realizar los siguientes cálculos:

  • Suma de los cobros y los pagos de todas las operaciones por cuenta propia realizadas el año anterior con no residentes, sea cual sea su concepto e independientemente de cómo se hubieran liquidado.
  • Suma de los saldos de activos o pasivos frente al exterior a 31 de diciembre del año anterior.

La suma que resulte superior de las dos anteriores es la que determina la periodicidad de la declaración del ETE:

  • Mensual: si es mayor o igual a 300 millones de euros.
  • Trimestral: si el importe supera los 100 millones de euros pero es inferior a los 300 millones de euros.
  • Anual: si el importe está comprendido entre 1 millón y 100 millones de euros (antes del 20 de enero)

¿Cuáles son las sanciones por no presentar el ETE?

La no presentación del formulario ETE o hacerlo de manera incorrecta, puede comportar una sanción mínima de entre 3.000 y 6.000€. EN caso de infracciones muy graves, el mínimo es de 30.000€.

Las infracciones se consideran graves si el volumen de las operaciones no declaradas ha sido superior a los seis millones de euros. Si dicho volumen es inferior a los seis millones de euros, se considera infracción leve.

Las sanciones derivadas del formulario ETE prescriben a los cinco años, a los tres años, y al año, según sean muy graves, graves y leves respectivamente. El tiempo de prescripción empieza a contar desde se ha cometido la falta.