PAGOS FRACCIONADOS DEL IMPUESTO DE SOCIEDADES

PAGOS FRACCIONADOS IS

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El Impuesto de Sociedades es el impuesto que grava la renta de determinadas sociedades residentes en el territorio español. Esta declaración debe llevarse a cabo dentro de los 25 días naturales siguientes a los 6 meses posteriores a la conclusión del período impositivo.

Es el 1 de abril que se realiza el pago a cuenta del impuesto de sociedades, razón por la cual creemos necesaria su explicación a nuestros lectores.

¿QUIÉNES ESTÁ OBLIGADO A PRESENTAR EL IMPUESTO DE SOCIEDADES?

Según la Ley 27/2012, de27 de noviembre, del Impuesto sobre Sociedades son contribuyentes del IS cuando tengan su residencia en territorio español:

(I) Las personas jurídicas (sociedades), excepto las sociedades civiles que no tengan objeto mercantil, y determinadas entidades, aunque no tengan personalidad jurídica.

(II) Entidades con personalidad jurídica propia:

    • Sociedades mercantiles (anónimas, de responsabilidad limitada, colectivas, laborales, etc.).
    • Sociedades civiles con objeto mercantil
    • Sociedades estatales, autonómicas, provinciales y locales.
    • Sociedades cooperativas.
    • Sociedades unipersonales.
    • Sociedades agrarias de transformación.
    • Asociaciones, fundaciones e instituciones, tanto públicas como privadas y los entes públicos.
    • Agrupaciones de interés económico (AIE).

(III) Entidades sin personalidad jurídica propia):

    • Las uniones temporales de empresas (UTE).
    • Los fondos de: pensiones, inversión, capital-riesgo, regulación del mercado hipotecario, titulización, de garantía de inversiones y de activos bancarios.
    • Las comunidades de titulares de montes vecinales en mano común.

¿QUÉ SON LOS PAGOS FRACCIOINADOS?

Los pagos fraccionados del impuesto de sociedades son aquellos pagos que los contribuyentes del impuesto están obligados a realizar a cuenta de la liquidación del correspondiente período impositivo.

¿CUÁNDO SE REALIZAN LOS PAGOS A CUENTA DEL IS?

Estos pagos se llevan a cabo el día 1 de los meses abril, octubre y diciembre.

¿QUÉ MODADLIDADES DE PAGOS FRACCIONADOS HAY?

Existen dos modalidades para determinar el pago:

  • En función de la cuota líquida de la última declaración: este método es el que se utiliza con carácter general y este es el resultado de aplicar el 18% sobre la cuota íntegra del último período impositivo del impuesto vencido. A ese importe se le aplican las deducciones y bonificaciones, así como se minora por las retenciones e ingresos a cuenta. Si se da el caso de que el resultado fue cero o negativo, entonces no existe la obligación de realizar dicho pago a cuenta del impuesto.
  • En función de la base imponible del ejercicio: esta es la modalidad según la cifra de negocios. Cuando la cifra supere los 6 millones de euros el contribuyente estará obligado a llevar a cabo el cálculo según esta modalidad. El pago fraccionado se calcula sobre la base imponible de los 3, 9 u 11 primeros meses de cada año y del mismo modo que el anterior se deducen las bonificaciones, retenciones e ingresos a cuenta que ya se hayan hecho.

Si la cifra de negocios no llega a los 10 millones de euros durante el período anterior, se aplica el porcentaje de 5/7 por el tipo de gravamen.

Si la cifra de negocios es de 10 millones o superior el porcentaje a aplicar será el 19/20 por el tipo de gravamen.

¿QUIÉN REALIZA PAGOS FRACCIONADOS?

Realizan pagos fraccionados todos los contribuyentes del impuesto de sociedades cuyo resultado del período impositivo anterior fuere positivo. Aquellas entidades el resultado de las cuales fuere negativo o cero no tendrán la obligación de llevar estos pagos a cabo, así como tampoco aquellas que se encuentren en el primer ejercicio económico.

 

 

 

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