Periodo de gracia al control de registro de jornada, para retrasar las multas

La Inspección de trabajo comenzará a hacer las comprobaciones sobre la correcta implantación del registro de control horario desde el primer día, pero no sancionará a las empresas que acrediten que están trabajando en instalar su registro.

El control de registro de jornada ha supuesto un gran cambio para muchas empresas. A las dificultades para desarrollar un mecanismo para controlar las horas de trabajo, se une el retraso que provoca la negociación entre trabajadores y empresa para determinar cuál el mejor sistema, ya que tiene que ser acordado. El resultado es que, la mayor parte de las empresas todavía no tiene implantado su sistema de registro, y en algunos casos ni siquiera lo tiene previsto.

Para evitar un alud de sanciones a partir del pasado domingo 12 de mayo de 2019, el Ministerio de Trabajo ha decidido conceder un periodo de gracia a las empresas antes de comenzar las sanciones. Esto es, un periodo sin multas.

De esta forma, el Gobierno quiere dar unas semanas iniciales a las empresas para que negocien y pongan en marcha su registro de jornada sin la presión de las sanciones. Aunque Inspección de Trabajo no está detallando de cuánto tiempo se trata, está trasladando que al menos serían los dos primeros meses.

El espíritu de la norma no es perseguir a quienes lo hacen bien, sino combatir el fraude en las horas extra, por lo que el ministerio tendrá flexibilidad al inicio del periodo de aplicación de la norma.

El resultado es que la Inspección de Trabajo y Seguridad Social comenzará a comprobar desde el primer día la aplicación del registro de jornada, pero perdonará las sanciones durante las primeras semanas. Eso sí, el empleador (empresa o autónomo) tendrá que acreditar con pruebas que está negociando con los trabajadores cómo instaurar el registro.

Si las empresas ni siquiera han comenzado a preparar su registro de jornada, entonces la sanción estará asegurada. La Inspección solo será flexible con los empleadores que estén trabajando ya en un sistema y que lo vayan a instalar próximamente. Si no llegan, pero están realizando avances, la Inspección de Trabajo no impondrá multas durante las primeras semanas.

La confusión actual es tal que varios expertos laboralistas están esperando un desarrollo del Real Decreto-Ley 8/2019 que «clarifique el alcance de la norma». Este periodo transitorio puede servir también para aclarar las dudas que vayan surgiendo en este periodo inicial, pero el ministerio no ha trasladado, ni en público ni en privado, que vaya a desarrollar la normativa.