Medidas SEGUNDO PLAN de CHOQUE ECONÓMICO del Gobierno

El Gobierno ha publicado el plan de choque que prevé movilizar hasta 200.000 millones de euros y que incluye un paquete de medidas que a continuación detallamos:

APOYO A LAS FAMILIAS

  • Moratoria de cobro de hipotecas
  • Fondo de contingencia para las personas sin techo y residencias de mayores (300 millones)
  • Fondo para la flexibilización de la regla de gasto de los Ayuntamientos para atención social
  • Garantía de los suministros y los servicios de telecomunicaciones

PROTECCIÓN AL DESEMPLEO

  • Flexibilizar los Expedientes de Regulación Temporal de Empleo (Erte) para que sean tramitados por la vía de fuerza mayor
  • Exonerar el pago de la Seguridad Social a aquellas empresas que usen los Erte
  • Todos los trabajadores tendrán derecho a cobrar el paro, aunque no cumplan con el periodo de cotización mínimo (dos años)
  • La prestación no restará para futuras prestaciones por desempleo “contador a cero”
  • Apoyo al teletrabajo
  • Adaptación de las condiciones de trabajo con reducción de jornada para cuidado de familiares
  • AUTÓNOMOS: Flexibilizará el acceso a una prestación extraordinaria por cese de actividad de aquellos profesionales obligados a cerrar su negocio o con una reducción del 75%.
  • AUTÓNOMOS: Aquellos profesionales que tengan derecho a prestación se les exonerará del pago de las cuotas a la Seguridad Social

APOYO A LA EMPRESA

  • Avales públicos por valor de 100.000 millones de euros que pueden movilizar entre 150.000 y 200.000 millones de créditos del sector privado
  • Línea de avales adicionales de 2.000 millones de euros para empresas exportadoras
  • Ayudas para programas de digitalización para fomentar el teletrabajo
  • Reforma de la normativa sobre inversiones exteriores para impedir que las empresas de fuera de la UE puedan hacerse con el control de empresas españolas de sectores estratégicos

APOYO A LA INVESTIGACIÓN CONTRA EL CORONAVIRUS

  • Dotación de 30 millones de euros destinados al CSIC y el Instituto de Salud Carlos III

MEDIDAS DEL ÁMBITO LABORAL

EXPEDIENTES DE REGULACIÓN TEMPORAL DE EMPLEO (ERTE)

Las medidas relacionadas con el área laboral eran de las más esperadas, y se han concretado en la flexibilidad de la tramitación de los Erte y la creación de una prestación extraordinaria para los autónomos que conllevará la exoneración del pago de las cuotas a la Seguridad Social.

Desde hoy, 18 de marzo, los ERTES que se presenten serán tramitados preferentemente por vía de fuerza mayor, lo que permitirá su aprobación en cinco días.

Respecto a los trabajadores afectados por los Erte, el Ministerio de Trabajo:

  • ha flexibilizado las condiciones de tal forma que, aunque no hayan cotizado al menos dos años –como exige actualmente la ley– podrán cobrar desempleo.
  • el tiempo que estén cobrando no restará de futuros periodos de desempleo.
  • Las empresas que acudan al Erte estarán exonerados de pagar la Seguridad Social.

TELETRABAJO Y ADAPTACIÓN JORNADA

Además, se han acordado otras medidas como facilitar el teletrabajo o la posibilidad de que aquellos trabajadores que tengan que cuidar a hijos o familiares dependientes puedan acogerse a la “adaptación” de su jornada laboral, sin tener que pedir la baja voluntaria que les impediría cobrar el subsidio.

PARA LOS AUTÓNOMOS

Para los autónomos se ha aprobado una nueva prestación extraordinaria para los casos en que su actividad se haya visto severamente afectada por las medidas tomadas por el Covid-19.

Podrán solicitar esta nueva prestación, análoga a la de cese de actividad, aquellas personas cuya actividad quede suspendida por la declaración del estado de alarma o cuya facturación disminuya un 75% sobre el promedio del semestre anterior.

La prestación equivaldrá́ al 70% de la base reguladora (700 euros para una base reguladora de 1.000 euros).

Al igual que en el caso de los asalariados, no tendrán que haber cumplido el periodo mínimo para acceder a la prestación por cese de actividad y no computará para periodos futuros de prestación por cese de actividad. Igualmente, se les exonerará del pago de la cotización a la Seguridad Social.

REAL DECRETO-LEY 8/2020, de 17 de marzo, DE MEDIDAS URGENTES EXTRAORDINARIAS PARA HACER FRENTE AL IMPACTO ECONÓMICO Y SOCIAL DEL COVID-19

Resumen de las principales medidas adoptadas y recogidas en el Real Decreto publicado en el día de ayer, 17 de marzo de 2020:

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CORONAVIRUS RD 20200318